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Suprema Corte pone bajo la lupa conflicto por semillas nativas y maíz transgénico

La solicitud de atracción no representa una sentencia definitiva; la colectividad demandante sostiene que sigue vigente la medida cautelar contra la siembra de maíz genéticamente modificado.

MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deberá decidir si atrae el litigio relacionado con la siembra de maíz genéticamente modificado en México, después de que el Segundo Tribunal Colegiado de Apelación del Primer Circuito solicitara la intervención del máximo tribunal.

La controversia forma parte de una demanda colectiva iniciada para proteger las variedades nativas de maíz. En el expediente también se plantean asuntos vinculados con la biodiversidad, el patrimonio biocultural, las prácticas agrícolas tradicionales y la soberanía alimentaria del país.

La solicitud fue impulsada por las magistradas María Luisa Cervantes Ayala y Jocelyn Montserrat Mendizabal Ferreyro, así como por el magistrado Josué Moctezuma Valdez, de acuerdo con los reportes sobre la sesión judicial.

Ahora corresponde a la SCJN determinar si existen las condiciones para asumir el estudio del expediente. En caso de no aceptar la atracción, el procedimiento continuará ante el órgano judicial competente.

La solicitud no es una sentencia definitiva

La petición enviada a la Suprema Corte no significa que ya exista un fallo definitivo sobre la legalidad de la siembra de maíz transgénico. Tampoco representa, por sí misma, una autorización para liberar organismos genéticamente modificados al ambiente.

Mientras se resuelve el procedimiento, la organización Demanda Colectiva Maíz sostiene que continúa vigente la medida cautelar que impide la siembra de maíz genéticamente modificado, conforme a los alcances establecidos en las resoluciones judiciales correspondientes.

El litigio comprende los recursos de apelación 54/2024 y 55/2024, relacionados con la acción colectiva 321/2013. La demanda fue promovida para frenar la liberación y siembra de maíz genéticamente modificado en territorio mexicano. Los reportes judiciales también señalan que la controversia incluye planteamientos relacionados con el uso de glifosato en los cultivos.

¿Qué podría analizar la Suprema Corte?

La solicitud de atracción busca que la SCJN revise una controversia en la que podrían establecerse criterios judiciales sobre distintos temas de interés colectivo. Entre ellos se encuentran:

  • La protección de las variedades nativas y su diversidad genética.
  • La conservación de la biodiversidad y del patrimonio biocultural de México.
  • Las prácticas agrícolas de las comunidades productoras.
  • La soberanía alimentaria y la protección de intereses colectivos.
  • Los criterios para liberar organismos genéticamente modificados al ambiente.

La Demanda Colectiva Maíz considera que el asunto trasciende a las partes directamente involucradas por sus posibles implicaciones para las semillas nativas y la agricultura mexicana.

“El asunto es de suma importancia para México y el mundo pues se coloca al centro del análisis y el debate, el extenso reservorio genético de los maíces nativos, las prácticas agro ecológicas ancestrales, la biodiversidad y soberanía alimentaria”, afirmó la colectividad en un comunicado.

Antecedente de la medida precautoria

En octubre de 2021, la Primera Sala de la SCJN avaló la legalidad de una medida precautoria dictada dentro de la acción colectiva. Esa determinación suspendió provisionalmente la emisión de permisos comerciales para liberar maíz transgénico al ambiente y estableció restricciones para permisos experimentales y piloto, sujetos a medidas de contención y supervisión judicial.

La resolución se apoyó en la necesidad de proteger el medio ambiente y la diversidad de los maíces nativos mientras se resuelve el juicio. Sin embargo, debe distinguirse entre la medida cautelar, que ofrece una protección provisional, y la sentencia definitiva que resolverá el fondo de la controversia.

La organización también relacionó su petición con la reforma constitucional sobre el fomento y protección de los maíces nativos. No obstante, la reforma y las medidas cautelares son instrumentos jurídicos diferentes, aunque formen parte del debate nacional sobre las semillas, el medio ambiente y la producción agrícola.

¿Qué sigue en el proceso?

La SCJN analizará primero si el asunto reúne las condiciones para ser atraído. Si acepta, asumirá el estudio del expediente conforme al procedimiento correspondiente; si rechaza la solicitud, el litigio seguirá ante el tribunal que deba resolverlo.

Por ahora, el juicio principal permanece pendiente de una resolución de fondo. La Demanda Colectiva Maíz aseguró que continuará participando en el proceso y defendiendo las variedades nativas. Los efectos concretos del caso dependerán tanto de la decisión sobre la atracción como de las resoluciones judiciales posteriores.

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