
Nueva York, Estados Unidos.- El Tribunal del Distrito Sur de Nueva York emitió una orden de arresto y reclusión civil contra el empresario mexicano Manuel Arroyo, propietario de Grupo Lauman y operador de Fox Sports México, por desacato dentro del litigio que mantiene con Fox Corporation.
De acuerdo con la información contenida en el expediente citado, la orden se ejecutaría cuando Arroyo ingrese a territorio de Estados Unidos. La medida busca obligarlo a cumplir resoluciones judiciales relacionadas con el congelamiento de activos de empresas vinculadas con el empresario.
El material de origen identifica la resolución como el Documento 297 del Tribunal de Distrito de Estados Unidos y señala que fue firmada por el juez federal Jed S. Rakoff con fecha del 26 de octubre de 2026. Según esa referencia, el Servicio de Alguaciles de Estados Unidos, conocido como U.S. Marshals Service, quedó encargado de localizar y detener a Arroyo.
La medida corresponde a un procedimiento de reclusión civil y no a una condena penal. Bajo esta figura, la privación de la libertad podría mantenerse hasta que el demandado atienda las órdenes que la corte habría emitido los días 5 y 19 de septiembre de 2025.
Transferencias bajo investigación judicial
La decisión judicial se relaciona con más de 100 transferencias no autorizadas que, en conjunto, superarían los 12 millones de dólares. Las operaciones presuntamente fueron realizadas después de que el tribunal ordenara congelar activos de las filiales involucradas.
Los registros procesales citados señalan a Mexico Sports Distribution, empresa vinculada con Grupo Lauman, como responsable de efectuar transacciones bancarias prohibidas por una orden de restricción temporal. El síndico nombrado por la corte también habría detectado intentos para antedatar contratos y redirigir cobros hacia Media Deportes México.
Según el expediente referido, el juez Rakoff consideró que Arroyo dirigió personalmente operaciones destinadas a trasladar fondos y establecer acuerdos con terceros para evitar los efectos de las disposiciones del tribunal federal.
El caso también incluye señalamientos sobre la formalización de un acta de asamblea de Media Deportes México ante un notario en Oaxaca, operaciones efectuadas sin autorización en Texas y la obtención de un amparo ante el Juzgado 54 de lo Civil de la Ciudad de México. Este último recurso habría buscado frenar en territorio mexicano la intervención del síndico designado por la corte estadounidense.
Multas acumuladas por desacato
Antes de ordenar la reclusión civil, el tribunal habría establecido multas coercitivas por 200 mil dólares diarios desde agosto de 2025. Sin embargo, la corte determinó que esas sanciones no fueron suficientes para lograr el cumplimiento de sus resoluciones.
De acuerdo con los datos expuestos en el material, las sanciones acumuladas contra Manuel Arroyo, Grupo Lauman, Media Deportes México y Mexico Sports Distribution superarían los 70 millones de dólares al momento de emitirse la resolución.
Para Arroyo, la medida aplicada es la orden de arresto y reclusión civil por desacato continuado y por su presunta participación directa en el movimiento de activos. Grupo Lauman y Media Deportes México enfrentan multas y la intervención de un síndico, mientras que Mexico Sports Distribution permanece sujeta al congelamiento de activos y a supervisión judicial.
Consecuencias para la operación de Fox Sports México
El expediente sostiene que las maniobras financieras señaladas habrían provocado incumplimientos de compromisos comerciales con proveedores de la industria televisiva y con titulares de derechos deportivos en México, incluidos clubes de futbol y federaciones.
La orden permanecería activa en los registros de las autoridades migratorias y de procuración de justicia de Estados Unidos. Esto permitiría ejecutar la detención si el empresario cruza hacia ese país o se presenta dentro de su territorio.
La reclusión civil se mantendría hasta que la representación legal de Arroyo y Grupo Lauman comparezca ante el tribunal de Nueva York, cumpla las determinaciones judiciales y restituya los activos sujetos a la orden de congelamiento. El expediente citado no presenta esta medida como una sentencia penal, sino como un mecanismo para exigir el cumplimiento de las resoluciones dictadas durante el litigio.



