
México.- Una comisión de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la reforma conocida como “Ley Antimemes”, un proyecto que plantea nuevas obligaciones para los proveedores de servicios digitales frente a posibles infracciones relacionadas con derechos de autor.
La aprobación en comisión no significa que la propuesta ya se encuentre vigente. El dictamen deberá continuar con su proceso legislativo y ser sometido a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, donde podrá ser discutido y, en su caso, votado.
Entre los puntos establecidos por el proyecto se encuentra la obligación de que los proveedores hagan pública su política para terminar el servicio a usuarios reincidentes. Esta política también formaría parte de las condiciones que deberán cumplir para conservar el régimen conocido como “puerto seguro” frente a los contenidos generados o compartidos por terceros.
¿Qué establece la llamada “Ley Antimemes”?
El régimen de “puerto seguro” permite delimitar la responsabilidad de los proveedores por las acciones de sus usuarios, siempre que las empresas o plataformas cumplan con las condiciones previstas en la legislación. El dictamen no propone eliminar ese esquema, sino establecer obligaciones específicas para quienes busquen mantener dicha protección.
La reforma también contempla la posibilidad de aplicar responsabilidad secundaria a los proveedores cuando incumplan sus obligaciones y, al mismo tiempo, contribuyan, induzcan o provoquen una conducta infractora con conocimiento de ella.
Esta responsabilidad también podría considerarse cuando un proveedor tenga capacidad para controlar la conducta infractora y obtenga un beneficio financiero directamente relacionado con ella. De acuerdo con el contenido del proyecto, no bastaría únicamente con que una publicación o archivo hubiera sido generado por un usuario para responsabilizar automáticamente a la plataforma.
El propio dictamen aclara que proporcionar acceso a internet, transmitir información, alojar contenidos o poner herramientas digitales a disposición de los usuarios no será, por sí mismo, una causa de responsabilidad.
Multas podrían alcanzar 40 mil UMA
Las infracciones contempladas en el proyecto podrían derivar en multas de hasta 40 mil Unidades de Medida y Actualización, conocidas como UMA. Además, podrían imponerse sanciones adicionales en aquellos casos en los que el incumplimiento persista.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial sería la autoridad encargada de aplicar las sanciones previstas. El material disponible no precisa casos concretos ni determina que toda plataforma será sancionada de manera general, pues la aplicación dependería de las conductas y condiciones señaladas en la reforma.
Uno de los temas que ha acompañado la discusión es el posible impacto de las disposiciones sobre los contenidos publicados en internet. Sin embargo, el dictamen sostiene que la reforma no implica vigilancia generalizada, monitoreo permanente de los usuarios ni censura previa.
Según el documento, el propósito es fijar obligaciones para los proveedores de servicios digitales sin retirar el régimen de “puerto seguro” a quienes cumplan con los requisitos legales. También señala que no existiría responsabilidad automática por el contenido que los usuarios generen, alojen o compartan.
Busca armonización con el T-MEC
La iniciativa plantea armonizar estas disposiciones con las obligaciones asumidas por México en el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, así como con estándares internacionales relacionados con la protección de derechos de autor en entornos digitales.
Aunque el proyecto ha sido identificado públicamente como “Ley Antimemes”, el contenido descrito se concentra en las obligaciones de los proveedores, las condiciones para conservar el régimen de “puerto seguro” y los supuestos bajo los cuales podría existir responsabilidad secundaria.
El alcance definitivo de la reforma dependerá del texto que avance durante el proceso legislativo. Por ahora, el dictamen únicamente superó la etapa de comisión y queda pendiente su presentación, discusión y eventual votación ante el Pleno de la Cámara de Diputados.



