Cabeza de Vaca: obstáculos para ser candidato en 2030
Nacional

La barrera constitucional que frenaría las aspiraciones presidenciales de Cabeza de Vaca

Arturo Zaldívar señaló que una orden de aprehensión, la residencia fuera del país y la situación jurídica del exgobernador serían factores para determinar su elegibilidad.

Las posibles aspiraciones de Francisco García Cabeza de Vaca para competir por la Presidencia de México en 2030 enfrentarían obstáculos jurídicos y constitucionales relacionados con su situación ante la justicia y el requisito de residencia.

Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia, explicó que una persona con una orden de aprehensión que no comparece ante las autoridades y permanece fuera de México podría ubicarse en el supuesto constitucional de prófugo de la justicia.

Aunque no mencionó directamente al exgobernador de Tamaulipas, Zaldívar describió condiciones que podrían ser consideradas en una eventual solicitud de registro.

“Si tiene orden de aprehensión, no ha comparecido ante el juez, está en otro país, está sustraído de la acción de la justicia, entonces entraría en el supuesto constitucional de prófugo de la justicia”, declaró.

Residencia y nacionalidad, otros factores

El ministro en retiro agregó que también tendría que revisarse el cumplimiento del periodo de residencia exigido por la Constitución para quienes busquen la Presidencia. Cabeza de Vaca ha permanecido en Estados Unidos, según el material difundido, pero vivir fuera del país no implica por sí mismo una inelegibilidad automática.

Otro punto por considerar sería una eventual modificación a las reglas aplicables a personas con doble nacionalidad que aspiren a determinados cargos de elección popular. El diputado de Morena Sergio Gutiérrez Luna afirmó en 2026 que el exmandatario estatal habría renunciado en 2021 a la nacionalidad y protección de Estados Unidos.

Por ahora, no existe una candidatura presidencial formal para 2030. En caso de buscar el registro, las autoridades competentes tendrían que revisar:

  • La existencia y vigencia de cualquier orden de aprehensión.
  • Si jurídicamente se configura la condición de prófugo de la justicia.
  • El cumplimiento del requisito constitucional de residencia.
  • Su situación de nacionalidad y las reformas que estén vigentes.

La elegibilidad dependería de las circunstancias legales existentes al comenzar el proceso electoral y de las resoluciones que emitan las autoridades electorales y judiciales.

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