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Empresas tendrían límite de tres días para entregar el finiquito

Una iniciativa presentada en la Cámara de Diputados plantea un plazo máximo de tres días naturales, un recibo desglosado e intereses de 2% mensual si el pago queda pendiente.

Ciudad de México.— Dejar un empleo en México podría implicar una fecha definida para recibir el finiquito si avanza una iniciativa presentada en la Cámara de Diputados. La propuesta busca que las empresas realicen este pago en un plazo máximo de tres días naturales después de que termine la relación laboral.

El proyecto fue promovido por la diputada Abigail Arredondo Ramos, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), y plantea modificar la Ley Federal del Trabajo (LFT). El objetivo es establecer una regla concreta ante la falta de un plazo preciso para cubrir las cantidades pendientes al concluir el vínculo entre una persona trabajadora y su empleador.

La propuesta también obligaría al patrón a entregar un recibo en el que se desglose cada concepto incluido en el finiquito. De esta manera, el trabajador podría identificar cuánto recibe por salario pendiente, aguinaldo proporcional, vacaciones, prima vacacional y, cuando corresponda, prima de antigüedad u otras prestaciones establecidas en su contrato.

Además, el proyecto contempla una consecuencia económica para los empleadores que no cumplan dentro del periodo señalado. En esos casos, se aplicarían intereses de 2% mensual sobre la cantidad que permanezca sin liquidar.

Es importante precisar que la medida forma parte de una iniciativa legislativa. Por lo tanto, el plazo de tres días y los intereses planteados no deben considerarse actualmente una obligación general vigente mientras la reforma no complete el proceso legislativo correspondiente.

¿Qué incluye el finiquito?

El finiquito es el pago de las cantidades y prestaciones generadas hasta el último día de trabajo. Puede corresponder cuando una persona renuncia, es despedida o concluye el contrato por el que fue empleada.

Entre sus conceptos pueden encontrarse los días trabajados y todavía no pagados, la parte proporcional del aguinaldo, las vacaciones generadas y no disfrutadas, así como la prima vacacional. Dependiendo de las condiciones laborales, también puede incluir bonos, comisiones u otras prestaciones reconocidas en el contrato.

La prima de antigüedad está contemplada en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo y equivale a 12 días de salario por cada año de servicio. En una renuncia voluntaria, la persona debe tener al menos 15 años de servicio para recibirla; cuando se trata de un despido, ese requisito de antigüedad no aplica.

El finiquito no debe confundirse con la liquidación. Esta última puede representar un pago adicional en determinados casos, como un despido injustificado. Bajo ese supuesto, el trabajador puede recibir tanto el finiquito por las prestaciones ya generadas como las indemnizaciones que legalmente correspondan.

¿Qué establece actualmente la legislación?

La Ley Federal del Trabajo reconoce que, al concluir una relación laboral, la persona conserva el derecho a recibir las prestaciones generadas durante el tiempo contratado. Sin embargo, la iniciativa sostiene que la legislación no fija un plazo específico para que el patrón entregue el finiquito después de la separación.

La modificación propuesta busca reducir la incertidumbre que puede presentarse después de dejar un puesto y facilitar que el trabajador conozca tanto la fecha de pago como la integración de la cantidad recibida.

¿Qué hacer si no te pagan?

Una persona que no reciba su finiquito puede solicitar orientación y asesoría jurídica gratuita ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). La institución también brinda asistencia durante la conciliación y representación jurídica cuando un conflicto debe llegar a juicio.

Para pedir apoyo, se recomienda reunir una identificación oficial, el nombre del empleador, el domicilio de la fuente de trabajo y los recibos de nómina disponibles. También pueden presentarse contratos, comprobantes, mensajes u otros documentos relacionados con la relación laboral y el pago pendiente.

Las acciones para reclamar el pago del finiquito prescriben en un año, por lo que conviene buscar asesoría antes de que concluya ese periodo. La PROFEDET atiende en los teléfonos 800 717 2942 y 800 911 7877, mediante WhatsApp en el 55 1484 8737 y en el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx.

Su horario informado es de lunes a viernes, de 8:30 a 18:00 horas. En la Ciudad de México, la sede principal se encuentra en Eje 4 Norte número 311, colonia Santo Tomás, alcaldía Azcapotzalco, código postal 02020, piso 1.

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