A unos meses de diciembre, los trabajadores que ejercen en el país se encuentran a la espera de recibir el mencionado “aguinaldo”, el cual consta de una suma monetaria que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, y deberá ser equivalente a 15 días de salario (como mínimo), esto según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
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De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo (LFT), el aguinaldo es un derecho que le corresponde a todos los trabajadores del país, tal norma está estipulada bajo el artículo 87 de la institución y estipula que los prestadores de servicios tendrán que recibir un aguinaldo cada año. Si embargo, en algunas circunstancias estos pagos son adelantados, por ello aquí te decimos quiénes recibirán su aguinaldo en noviembre.
¿Quiénes recibirán su aguinaldo en noviembre?
El único sector que tendrá una parte de su aguinaldo para noviembre serán todos los pensionados del ISSSTE, que les corresponde un adelanto correspondiente a las primeras semanas del mes. A causa de ello, la institución recordó que es fundamental que los beneficiarios se mantengan atentos ante cualquier eventualidad. Asimismo, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)
¿Cómo calcular el aguinaldo?
Antes de calcular del aguinaldo correspondiente a las horas de trabajo, es fundamental conocer lo que la LFT menciona, pues en uno de sus puntos, el monto mínimo del aguinaldo es de 15 días de salario.
Para calcularlo es relevante identificar en cuál de las siguientes situaciones estás:
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Si tienes un salario fijo, el cálculo debe hacerse por día laborado.
Si el monto de tu salario es variable, entonces debes tomar como base el ingreso promedio diario que obtuviste en los últimos 30 días trabajados.
Si eres vendedor, agente de comercio o de seguros, propagandista o algo semejante y estás contratada bajo el amparo de la Ley Federal del Trabajo, para calcular debes tomar en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo.
De igual manera, para aquellos que no hayan cumplido el año de servicio, estén laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, aún así tienen por derecho a recibir su pago proporcional del mismo, pues es una compensación/beneficio por el tiempo trabajado.