
Xochitepec, Morelos.— El proceso penal que enfrenta Víctor Rodríguez Padilla, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), por el delito de violencia familiar quedó sujeto a una suspensión condicional durante seis meses, de acuerdo con la resolución emitida por la jueza de control Consuelo Adriana Correa Ortiz.
La determinación establece que el imputado deberá cumplir un plan de reparación del daño que incluye la entrega inmediata de 120 mil pesos a la parte afectada, además del pago de una pensión alimentaria mensual y la asistencia a tratamiento psicológico especializado.
Jueza avala el plan de reparación del daño
La resolución fue dictada durante una audiencia celebrada en la Ciudad Judicial de Atlacholoaya, donde el órgano jurisdiccional aprobó el plan presentado por la defensa legal de Rodríguez Padilla. El expediente quedó registrado bajo la causa penal JC/1160/2026.
Como parte del acuerdo, los 120 mil pesos deberán entregarse mediante un cheque de caja. Esta cantidad corresponde a la reparación económica considerada dentro de las condiciones para mantener vigente la suspensión del procedimiento penal.
El exfuncionario federal también deberá cubrir una pensión alimentaria de 14 mil pesos mensuales. El pago tendrá que realizarse durante los primeros 10 días de cada mes, según las obligaciones establecidas por la autoridad judicial.
Deberá acudir a terapia y firmar ante el juzgado
Además de las medidas económicas, Rodríguez Padilla deberá someterse a un tratamiento psicológico especializado en masculinidades. Las sesiones se realizarán cada 15 días y comenzarán el próximo 13 de octubre, conforme al calendario incluido en la resolución.
Otra de las obligaciones consiste en presentarse a firmar de manera bimestral ante el juzgado. El cumplimiento de esta medida permitirá a la autoridad mantener un seguimiento durante los seis meses fijados para la salida alterna.
La jueza dejó sin efecto las medidas cautelares impuestas previamente, entre ellas la restricción migratoria que impedía al imputado salir del país. Sin embargo, permanecerá vigente la prohibición absoluta de acercarse, intimidar o molestar a la víctima.
Esta última restricción deberá respetarse durante todo el periodo determinado por el juzgado. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones podría provocar que el beneficio sea revocado y que el proceso penal continúe.
Fiscalía y representación de la víctima aceptaron las condiciones
Durante la audiencia, tanto la representación de la Fiscalía General del Estado de Morelos como el asesor jurídico particular manifestaron su conformidad con el plan presentado. Para autorizarlo también se tomó en cuenta que el imputado no cuenta con registros previos de salidas alternas.
La suspensión condicional no implica que el proceso haya terminado de manera inmediata. La causa permanecerá sujeta al cumplimiento de las obligaciones económicas, terapéuticas y judiciales impuestas por la jueza durante el plazo señalado.
Si Rodríguez Padilla cumple satisfactoriamente cada una de las condiciones, la acción penal será extinguida y se ordenará el sobreseimiento definitivo del caso. De acuerdo con la resolución, esa conclusión está prevista para el 8 de abril de 2027.
En cambio, si deja de pagar la reparación o la pensión, no acude al tratamiento psicológico, incumple las firmas ante el juzgado o vulnera la prohibición de acercarse a la víctima, la autoridad podrá cancelar la suspensión condicional.
En ese escenario, el procedimiento por violencia familiar sería reanudado y el juicio penal seguiría su curso. Por ahora, el caso permanecerá bajo supervisión judicial durante el periodo de seis meses establecido en la audiencia.



