¿Tengo derecho al aguinaldo si renuncio a mi trabajo? - El Canal de las Noticias Digital
  • Ediciones
    • Juárez
    • Tijuana
    • Chihuahua
    • Mexicali
  • Podcast
  • En Vivo
    • En Vivo
    • En Vivo – Chihuahua
    • En Vivo – 33 Tijuana
  • Reportes
    • Reporte Ciudadano
    • Reporte de puentes
  • Categorías
    • El Paso
    • Juárez
    • Chihuahua
    • Nacional
    • Mundo
    • Viral
    • Espectáculos
    • EE.UU.
    • Deportes
    • Economía
    • Editorial
    • Salud
    • Tecnología
    • Ciencia
domingo, junio 14, 2026
El Canal de las Noticias Digital
  • Inicio
  • En Vivo
  • Juárez
  • Nacional
  • Espectáculos
  • Mundo
  • Viral
  • Chihuahua
En Vivo
No Resultado
View All Result
  • Inicio
  • En Vivo
  • Juárez
  • Nacional
  • Espectáculos
  • Mundo
  • Viral
  • Chihuahua
No Resultado
View All Result
No Resultado
View All Result

¿Tengo derecho al aguinaldo si renuncio a mi trabajo?

Si renunciaste a tu trabajo antes de recibir el aguinaldo, te explicamos si deben pagártelo o no

Por user
octubre 31, 2023
Dentro Nacional
0
Compartir
Share on FacebookShare on Twitter

México.-El aguinaldo es una prestación de ley a la que tienen derecho los trabajadores del sector formal. Esta prestación surgió en la Ley Federal del Trabajo (LFT) en 1970, anterior a esta fecha sólo algunos patrones daban determinada cantidad de dinero a sus empleados por ser época navideña, pero no era obligatorio.

El aguinaldo debe ser entregado a los trabajadores cada año y generalmente es esperada con gran entusiasmo, ya que representa un ingreso extra a la nómina, con el que se pueden liquidar deudas o usarlo para las fechas decembrinas.

Publicidad Publicidad

Muchas personas tienen la creencia de que al momento de renunciar, también renuncias a tus otros derechos laborales; sin embargo, esto no es necesariamente así, ya que la LFT te protege para que se paguen las prestaciones pendientes, es decir, aquellas que no recibiste ya sea por despido o renuncia.

En un principio, el aguinaldo era sólo una gratificación o regalo que voluntariamente el patrón otorgaba a sus trabajadores con motivo de la celebración de las fiestas navideñas, pero actualmente es parte de las prestaciones de ley y en el artículo 87 de la LFT se establece lo siguiente:

Publicidad

“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que nos hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuera éste”.

En ese sentido, si tú has renunciado a tu trabajo antes de que cayera el aguinaldo, de acuerdo con lo establecido en la ley: los trabajadores que renuncien a su trabajo antes de 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron.

Para calcular el aguinaldo necesitas multiplicar el salario diario por los 15 días correspondientes al aguinaldo. Pero, en caso de que no hayas cumplido el año laborado, entonces necesitas hacer lo siguiente:

La cantidad de tu sueldo diario, multiplícala por 15 y divídelo entre 365. El resultado multiplícalo por los días que sí trabajaste.

Publicidad
Siguiente publicación

Ángela Aguilar revive polémica sobre sus raíces argentinas: "la gente se ofende"

El Canal de las Noticias Digital

© 2026 El Canal de las Noticias Digital - Canal 44

Menu

  • Inicio
  • En Vivo
  • Quiénes Somos
  • Políticas de privacidad
  • Defensor de Audiencia Canal 44

Síguenos

No Resultado
View All Result
  • Ediciones
    • Juárez
    • Tijuana
    • Chihuahua
    • Mexicali
  • Podcast
  • En Vivo
    • En Vivo
    • En Vivo – Chihuahua
    • En Vivo – 33 Tijuana
  • Reportes
    • Reporte Ciudadano
    • Reporte de puentes
  • Categorías
    • El Paso
    • Juárez
    • Chihuahua
    • Nacional
    • Mundo
    • Viral
    • Espectáculos
    • EE.UU.
    • Deportes
    • Economía
    • Editorial
    • Salud
    • Tecnología
    • Ciencia

© 2026 El Canal de las Noticias Digital - Canal 44