
México.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la validez constitucional de los lineamientos que regulan la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas dentro de las escuelas del país, disposiciones dirigidas a limitar los productos de bajo valor nutrimental y fomentar opciones saludables entre los estudiantes.
Durante una sesión del Pleno, las ministras y los ministros negaron por unanimidad un amparo promovido por una empresa privada que pretendía frenar la aplicación de las medidas en los centros educativos. De acuerdo con información publicada por El Universal, la resolución corresponde al Amparo en Revisión 127/2026.
La determinación confirma que las disposiciones emitidas conjuntamente por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría de Salud (SSA) son constitucionales y de aplicación obligatoria en los planteles que forman parte del Sistema Educativo Nacional.
¿Qué establecen los lineamientos?
Los lineamientos fueron publicados originalmente en septiembre de 2024 y establecen criterios para el expendio de alimentos preparados, procesados y a granel durante la jornada escolar. Su objetivo es reducir la disponibilidad de productos con bajo valor nutrimental y promover hábitos de alimentación saludable desde la educación básica.
Las reglas no se limitan a las escuelas administradas por el Gobierno. Su ámbito de aplicación también incluye a los planteles privados incorporados al Sistema Educativo Nacional, por lo que las cooperativas, tiendas y otros espacios de venta deben ajustar su oferta a los criterios nutricionales establecidos por las autoridades.
Aunque la medida es conocida de manera general como una prohibición de la comida chatarra, la resolución de la Corte precisa que no existe una restricción absoluta al comercio de alimentos y bebidas. La regulación se concentra en las operaciones realizadas dentro de los inmuebles escolares y durante las actividades educativas.
Empresa alegó afectaciones a libertades comerciales
La compañía que promovió el amparo argumentó que las disposiciones afectaban la libertad de trabajo, la seguridad jurídica, la igualdad, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad. Sin embargo, el Pleno rechazó esos planteamientos y consideró que la regulación persigue una finalidad constitucional relacionada con la salud y la alimentación adecuada.
Al presentar la propuesta de sentencia, la ministra María Estela Ríos González señaló que los lineamientos no impiden de manera absoluta la comercialización. “Los lineamientos impugnados no prohíben de manera absoluta la comercialización de alimentos y bebidas, únicamente regulan su venta dentro de los centros escolares”, puntualizó.
Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa Mejía destacó que el derecho a una alimentación de calidad tiene carácter universal y no se encuentra limitado por la edad de las personas. Bajo ese criterio, las autoridades pueden establecer medidas específicas para proteger a niñas, niños y adolescentes mientras permanecen en las escuelas.
Medida frente al sobrepeso y la obesidad infantil
Durante el análisis del asunto, los integrantes del Pleno también abordaron la utilidad de los lineamientos frente a la prevalencia del sobrepeso, la obesidad y otros padecimientos metabólicos entre la población infantil y juvenil de México.
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz sostuvo que la regulación representa una herramienta para evitar que la problemática continúe creciendo. “Los lineamientos que ahora se cuestionan de inconstitucionales son un paso importante para amortiguar o buscar que esta situación no continúe creciendo”, manifestó durante la sesión.
La Corte concluyó que las medidas tienen un fin constitucional legítimo, pues colocan como prioridad el interés superior de la niñez y los derechos a la salud y a una alimentación adecuada. Con la negativa del amparo, las normas continúan vigentes y deberán ser observadas por las autoridades escolares y por quienes preparen, distribuyan o comercialicen productos dentro de los planteles.
La resolución también respalda la facultad de la SEP y la Secretaría de Salud para fijar criterios nutricionales en los espacios educativos. En términos prácticos, las cooperativas y tiendas escolares deberán mantener una oferta compatible con los lineamientos y sustituir aquellos productos que no cumplan con las condiciones establecidas.



