La “ley antimemes” ya fue aprobada, pero no prohíbe los memes – El Canal de las Noticias Digital
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La “ley antimemes” ya fue aprobada, pero no prohíbe los memes

El dictamen sanciona el uso de identidad gráfica gubernamental para engañar y cometer ilícitos; la oposición advierte riesgos para la sátira y el periodismo.

El Senado aprobó una reforma que llegó al debate público con el nombre de “ley antimemes”, pero su contenido no establece una prohibición general contra las publicaciones humorísticas, las parodias o las imágenes compartidas en redes sociales. La controversia se concentra en un nuevo delito relacionado con el uso de identidad gráfica gubernamental y en los posibles alcances de su redacción.

De acuerdo con un comunicado del Senado fechado el 30 de septiembre, el proyecto obtuvo 72 votos a favor y 34 en contra en lo general. Las modificaciones a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal fueron remitidas a la Cámara de Diputados.

Esto significa que la aprobación del Senado no convierte automáticamente las disposiciones en normas vigentes. El proyecto todavía debe continuar su proceso legislativo antes de que puedan aplicarse las sanciones planteadas en el dictamen.

¿Qué establece el artículo 403 Bis?

El centro de la discusión es el artículo 403 Bis. El dictamen elaborado por las comisiones de Justicia, Economía y Estudios Legislativos Primera propone penas de uno a cinco años de prisión, además de multas equivalentes a entre 1,000 y 10,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

La sanción estaría dirigida a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales pertenecientes a instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno.

Sin embargo, la conducta debe reunir condiciones adicionales. Según el texto presentado, el uso tendría que buscar engañar respecto del origen oficial de una comunicación, documento, plataforma o servicio, con la intención de cometer un ilícito.

Por lo tanto, utilizar un logotipo gubernamental no sería suficiente, por sí solo, para actualizar el delito descrito. También tendría que acreditarse el propósito de hacer pasar el contenido como oficial y la intención de emplearlo para una conducta ilícita.

El rango de castigo recogido en el dictamen es de uno a cinco años de prisión, no de hasta siete años, como se difundió durante versiones previas del debate. Un comunicado del Senado fechado el 23 de septiembre dio cuenta de la adecuación del artículo.

Oposición advierte posibles riesgos de censura

Aunque el texto no menciona ni prohíbe los memes, legisladores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano cuestionaron que la redacción no incluya excepciones expresas para la parodia, la sátira, la caricatura política o el trabajo periodístico.

Manuel Añorve, senador del PRI, cuestionó quién determinaría cuándo una parodia deja de ser una expresión humorística y se convierte en un intento de engaño. Alejandra Barrales, de Movimiento Ciudadano, advirtió sobre posibles riesgos para la crítica política difundida mediante redes sociales.

El oficialismo rechazó que la reforma tenga como objetivo limitar esas expresiones. El senador Higinio Martínez sostuvo que el proyecto no censura la sátira y que los memes podrán seguir circulando. La interpretación favorable al dictamen señala que el artículo busca combatir la suplantación de identidad oficial con fines ilícitos, no las representaciones humorísticas de funcionarios.

En ese contexto, la denominación “ley antimemes” puede generar la impresión de que existe una prohibición explícita contra el humor digital, aunque esa restricción no aparece en el articulado. Las objeciones de la oposición se refieren principalmente al riesgo de interpretaciones amplias o aplicaciones arbitrarias.

La reforma incluye piratería y filtraciones

El paquete legislativo también busca actualizar la protección de la propiedad intelectual y armonizar la legislación mexicana con compromisos internacionales como el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), de acuerdo con la información del Senado.

Entre los cambios se contemplan penas de cuatro a diez años de prisión por distribuir, sin autorización, obras, películas o libros antes de su lanzamiento oficial. También incluye nuevas sanciones por la comercialización de mercancías con marcas falsificadas.

La reforma sustituye el criterio de “ánimo de lucro” por el de “escala comercial”. El artículo 406 Ter considera beneficios económicos, ventajas competitivas y daños significativos a la posición de mercado del titular, incluso cuando no existan ganancias directas.

Este dictamen es distinto de otra iniciativa relacionada con la responsabilidad de los proveedores de internet y la retirada de contenidos por derechos de autor. Mezclar ambos proyectos confunde dos discusiones diferentes: la suplantación de instituciones públicas y las reglas para retirar publicaciones reclamadas por posibles infracciones.

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