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SAT puede multar con hasta 35 mil pesos si no declaras préstamos mayores a 600 mil pesos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advierte que los préstamos, aun cuando provengan de familiares o amigos, pueden tener implicaciones fiscales si superan cierto monto. De acuerdo con el artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), las personas físicas residentes en México están obligadas a informar en su declaración anual los préstamos, donativos o premios que en conjunto o de manera individual excedan los 600,000 pesos.

¿Cuándo se debe declarar un préstamo?

Si en el transcurso de un año se recibe un préstamo único o varios préstamos, donativos o premios que acumulen más de 600,000 pesos, estos deben reportarse en la declaración anual del ISR. En caso de no hacerlo, el SAT puede considerar estos recursos como ingresos no declarados, reclasificarlos y exigir el pago de impuestos, además de aplicar sanciones económicas.

Es importante señalar que el préstamo en sí mismo no constituye un ingreso gravable, siempre que se cumpla con el requisito de informarlo.

Multas y sanciones

Los especialistas en materia fiscal señalan que la multa por no declarar este tipo de operaciones puede alcanzar hasta los 35,000 pesos. En casos más severos, el SAT puede imponer sanciones proporcionales al monto omitido, además de recargos y actualizaciones.

Asimismo, cuando el préstamo se recibe en efectivo y proviene de una persona moral, existe la obligación de presentar un aviso especial al SAT a través del formato 86-A dentro de los 15 días hábiles siguientes.

Recomendaciones para justificar un préstamo

Para evitar sanciones y riesgos fiscales, los contribuyentes deben contar con documentación que respalde la operación:

Contrato escrito de préstamo, especificando monto, plazos y condiciones.

Transferencia bancaria, con concepto claro que indique “préstamo”.

Comprobantes y estados de cuenta que respalden la transacción.

Declaración en el ISR, cuando el monto supere los 600,000 pesos.

Aviso especial, en caso de préstamos en efectivo provenientes de personas morales.

Un recordatorio clave

Aunque muchos consideran que los préstamos personales son un asunto privado, el SAT mantiene vigilancia sobre estas operaciones. Declararlos en tiempo y forma no solo evita sanciones, sino que garantiza certeza jurídica y fiscal para los contribuyentes.

Canal 44 Digital

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