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SCJN ordena que pensiones alimenticias se calculen con salarios mínimos

by admin
julio 9, 2022
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López Obrador afirma que no hay ningún estado en gravedad pese a alza de COVID
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México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que para las pensiones alimenticias debe tomarse en cuenta el salario mínimo vigente como parámetro para su cuantificación y no el de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Determinó que los artículos 453, fracción I y 456 del Código de Procedimientos Familiares para el estado de Hidalgo son inconstitucionales por ser contrarios al derecho alimentario de niñas y niños.

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Una mujer demandó la guarda y custodia de su hijo de cinco meses de edad por lo que una jueza de lo Familiar concedió dicha prestación y fijó una pensión alimenticia en favor del niño por un importe equivalente al monto del 100% del salario mínimo mensual vigente en Hidalgo, a cargo de su progenitor.

En segunda instancia, el Tribunal de Apelación confirmó el pago de la pensión alimenticia y ratificó que el monto fuera fijado con base en el salario mínimo ya que es un ingreso destinado a satisfacer las necesidades normales de una persona que es jefa de familia, así como para los gastos de la educación obligatoria de sus hijas e hijos.

Inconforme con la decisión, el padre del niño promovió un juicio de amparo. El Tribunal Colegiado concedió la protección constitucional para que la pensión alimenticia fuera fijada en UMAS como parámetro de pago.

En desacuerdo con esta determinación, la mujer interpuso un recurso de revisión en el que alegó la inconstitucionalidad de los preceptos en estudio.

A partir de estas consideraciones, la Primera Sala revocó la sentencia del Tribunal Colegiado y le ordenó dictar otra conforme a derecho, en la que se abstenga de aplicar los artículos en estudio que refieren a la UMA como parámetro de pago de la pensión alimenticia.

¿Cuánto es de pensión alimenticia por un hijo 2022?
Tras una separación o divorcio lo ideal es que los padres lleguen a un acuerdo sobre la manutención económica de los hijos pero si esto no llegar a ocurrir, un juez será el encargado de realizar un cálculo económico.

En México la ley estipula que las personas menores de 18 años tienen derecho a recibir de sus padres el apoyo económico suficiente para cubrir sus necesidades (comida, vestido, habitación, atención médica, educación, entre otras). El monto de la pensión ronda entre el 15% y hasta el 30% de lo que gana el cónyuge.

#ComunicadoSCJN

Las pensiones alimenticias deben tomar en cuenta el salario mínimo vigente como parámetro para su cuantificación y no el de la Unidad de Medida y Actualización: #PrimeraSala

🔗 https://t.co/YHSuk8NjEC pic.twitter.com/9SxqqAo1rw

— Suprema Corte (@SCJN) July 6, 2022

Con información de ADN40

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