El Instituto de Transparencia no investigará a Carlos Loret, como pide el Presidente
México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales presentado este miércoles al Presidente Andrés Manuel López Obrador que no puede investigar al periodista Carlos Loret de Mola, como lo solicitó el pasado 14 de febrero a través de una carta, ya que “no cuenta con las facultades constitucionales ni legales” para hacerlo.
“En referencia a su petición consistente en que este Instituto lleve a cabo una investigación para hacer públicas las percepciones, los bienes y el origen de la riqueza que posee el señor Carlos Loret de Mola, socios y familiares, se le informa que el INAI no cuenta con facultades constitucionales ni legales para realizar investigaciones como las solicitara, lo que incluye, en el caso, requiere información a distintas entidades públicas, como son el Servicio de Administración Tributaria, la Unidad de Inteligencia Financiera y registros públicos de la propiedad, entre otros ”, acortar.
Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada presidenta del INAI, fue quien dio lectura a la respuesta que hizo llegar al mandatario mexicano, quien hace un par de días envió una misiva al organismo con la finalidad de pedirle, “como ciudadano y Presidente de la República” que “se lleve a cabo una investigación para hacer públicas las percepciones, los bienes y el origen de la riqueza que posee el señor Carlos Loret de Mola, socios y familiares”.
“De acuerdo con lo anterior, para que el INAI esté en posibilidad de pronunciarse sobre la publicidad o eventual clasificación de la información a que se refiere su escrito, mediante el procedimiento de recursos de revisión, es necesario que los sujetos obligados que cuentan con la información ahí referida resuelvan sobre su existencia en los archivos a su carga y la naturaleza que ésta tiene, de conformidad con sus atribuciones legales”, sostuvo Ibarra Cadena.
Durante la sesión virtual ordinaria del pleno, consistió esta tarde, la funcionaria afirmó que “el Instituto no posee un repositorio físico o electrónico de los archivos de los diversos entes públicos a nivel federal”, por ello, le sugirió “dirigir su solicitud de información a los sujetos obligados antes citados, a efecto de que como primeros responsables, sean quienes puedan pronunciarse al respecto”.
“Para tal efecto, dichas solicitudes se pueden presentar a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en la sección de ‘Solicitudes, Acceso a la Información’.
Una vez configurado el usuario, se debe seleccionar el sujeto obligado que se considera puede contar con la información requerida y realizar los requisitos correspondientes.
Además, la Comisionada le recordó al Jefe del Ejecutivo federal que “en caso de que las respuestas otorgadas no satisfagan su pretensión, es posible presentar un recurso de revisión ante este Instituto para el caso de los sujetos obligados federales, a fin de que se analice caso por caso sobre la procedencia de las respuestas brindadas”.
“Ahora bien, el derecho de acceso a la información pública contempla el acceso a la información pública contempla el acceso a la información en posesión de los sujetos obligados, que por obligación de transparencia, deben publicar en el Sistema de Portales y Obligaciones de Transparencia de la Plataforma Nacional de Transparencia, Información Pública de Oficio.
Y además todas las solicitudes de acceso presentadas por los ciudadanos, sus respectivas respuestas, y, en su caso, los medios de impugnación promovidos se encuentran a disposición del público en general en la propia plataforma electrónica”, dijo.
— INAI (@INAImexico) February 16, 2022
Con información de Sin Embargo