
México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó revisar un caso relacionado con la restricción para preparar, distribuir y vender alimentos con sellos de advertencia dentro de universidades, una medida que abre un debate particular: hasta dónde puede llegar la protección de la salud cuando los estudiantes son, en su mayoría, personas adultas.
De acuerdo con un reporte de Animal Político, el Pleno de la Corte aprobó por seis votos contra tres reasumir competencia en el asunto 138/2026, vinculado con el amparo en revisión 762/2025. Esto permite que el máximo tribunal estudie el expediente, pero no significa que haya invalidado la prohibición ni autorizado otra vez la venta de esos productos.
Salud pública frente a decisiones personales
El caso fue presentado por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. La discusión deberá determinar si las restricciones resultan constitucionales dentro de instituciones de educación superior, tomando en cuenta el derecho a la salud, la libertad de comercio de los planteles y el libre desarrollo de la personalidad del alumnado.
El ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía explicó, según el reporte citado, que primero deberá resolverse si las universidades privadas cuentan con interés legítimo para impugnar los lineamientos. En caso de que lo acrediten, la Corte podrá estudiar si las medidas están justificadas para una comunidad educativa compuesta principalmente por mayores de edad.
Una diferencia frente a otros litigios es que la inconformidad proviene de una institución educativa que plantea posibles efectos sobre los derechos de sus estudiantes. Por ello, el análisis no se limitaría a los intereses económicos de proveedores o empresas que buscan recuperar espacios de venta dentro de los planteles.
Los lineamientos también abarcan universidades
Los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación durante 2024 se aplican a las escuelas públicas y particulares que forman parte del Sistema Educativo Nacional, incluida la educación superior. Las disposiciones restringen la preparación, distribución y expendio de productos preenvasados que tengan sellos de advertencia o leyendas precautorias, además de otras categorías alimentarias.
El alcance también considera productos vendidos a granel y preparaciones elaboradas dentro de las escuelas cuando contengan determinados ingredientes en exceso. Sin embargo, la regulación se concentra en la oferta disponible al interior de los planteles; no establece una prohibición general para que los universitarios compren o consuman esos alimentos fuera de las instalaciones.
La reforma educativa publicada el 20 de diciembre de 2023 estableció que la Secretaría de Educación Pública emitiría los criterios aplicables a los alimentos ofrecidos en todas las escuelas. También asignó responsabilidades de implementación y vigilancia a directivos y autoridades escolares.
Por otra parte, la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible establece diferencias entre niveles educativos. La legislación contempla promover prohibiciones en educación básica, mientras que para las instituciones de media superior y superior dispone el fomento de alimentos adecuados, preferentemente locales y accesibles. También incluye el respeto a la autonomía universitaria.
La regulación continúa vigente
En su boletín del 28 de marzo de 2025, la SEP recordó que los lineamientos comenzarían a aplicarse al día siguiente y pidió que se informara sobre las nuevas reglas a las personas encargadas de vender alimentos en las escuelas. La medida modificó la oferta de las cooperativas y posteriormente dio lugar a diversos procesos judiciales.
Durante 2025, la dependencia federal reportó 26 sentencias favorables relacionadas con esta política. También se documentó un litigio vinculado con Coca-Cola, cuyo expediente fue propuesto para revisión de la Suprema Corte.
Los antecedentes, no obstante, deben manejarse con cautela. En una aclaración publicada por La Jornada, el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados negó haber promovido acciones legales, aunque el reportero sostuvo que un proyecto judicial mencionaba a una entidad con ese nombre.
La Corte deberá concentrarse ahora en el problema específico planteado por el expediente: si la protección de la salud justifica las mismas restricciones en universidades que en otros niveles educativos y cómo deben ponderarse los derechos de estudiantes adultos. Hasta que exista una sentencia, los lineamientos permanecen vigentes.



