
México.- La suspensión de líneas telefónicas de prepago que no hayan sido vinculadas a una persona comenzará a partir del 4 de agosto de 2026, de acuerdo con el calendario anunciado por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
La medida aplicará para usuarios que no realicen la vinculación de su número celular con su nombre y CURP dentro del plazo establecido según el último dígito de su teléfono.
La CRT informó que, una vez vencida la fecha límite correspondiente, las compañías telefónicas suspenderán el servicio después de un periodo adicional de 72 horas.
Las primeras suspensiones serán para números terminados en 0
El calendario de registro inicia con los números cuya terminación es 0. El plazo para realizar la vinculación vence el 1 de agosto de 2026, por lo que las primeras suspensiones comenzarán el 4 de agosto para quienes no hayan completado el trámite.
Las fechas posteriores dependerán de la terminación del número telefónico y se extenderán entre agosto y diciembre.
Calendario de registro por terminación
- Terminación 0: 1 de agosto.
- Terminación 1: 1 de septiembre.
- Terminación 2: 1 de octubre.
- Terminación 3: 1 de noviembre.
- Terminaciones 4 a 9: durante los meses siguientes hasta diciembre.
En todos los casos, la suspensión ocurrirá tres días después de la fecha límite asignada.
¿Qué ocurrirá si la línea es suspendida?
Las líneas suspendidas mantendrán funciones limitadas. Los usuarios únicamente podrán:
- Realizar llamadas a números de emergencia.
- Comunicarse con servicios de atención ciudadana.
- Contactar a su compañía telefónica.
- Recibir alertas sísmicas.
Una vez que el titular complete la vinculación del número, la empresa telefónica deberá restablecer los servicios de llamadas, mensajes y datos móviles.
¿Quiénes deben registrar su línea?
La obligación aplica a las líneas de prepago que todavía no están asociadas a una persona. La CRT informó que 63 millones de líneas ya fueron vinculadas, de las cuales 40.2 millones corresponden a prepago y 22.8 millones a pospago.
Las líneas de pospago no requieren un nuevo trámite cuando ya están registradas a nombre de un usuario desde su contratación.
El trámite se realiza con la compañía telefónica
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aclaró que el gobierno no realiza directamente el proceso de vinculación. El registro debe efectuarse ante la empresa telefónica correspondiente.
El procedimiento consiste en asociar el nombre y la CURP del usuario con el número celular. Según la autoridad, el objetivo es reducir el anonimato en la contratación de líneas telefónicas, una práctica que puede facilitar delitos como fraude y extorsión.
Con el inicio de las suspensiones en agosto, los usuarios de prepago deberán revisar la terminación de su número y completar el registro antes de que venza el plazo correspondiente para evitar la interrupción del servicio.



