CIUDAD DE MÉXICO. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió de manera definitiva que los trabajadores del IMSS que ya reciben una jubilación bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) no pueden acceder a una segunda pensión por cesantía en edad avanzada y vejez.
Este nuevo criterio se convierte en jurisprudencia obligatoria para todos los tribunales del país, con lo que se ponen fin a años de disputas legales y criterios contradictorios.
¿A quién afecta esta decisión?
Solo impacta a trabajadores del propio IMSS, es decir, a quienes se jubilaron bajo su contrato colectivo mediante el RJP.
No afecta a trabajadores de empresas privadas que cotizan en el IMSS.
La Corte argumentó que la jubilación contractual del IMSS ya cubre y supera la protección por vejez prevista en la ley general, por lo que ambas pensiones persiguen el mismo fin y no pueden coexistir. Incluso si el trabajador cotizó con otros empleadores, eso no genera derecho automático a una pensión adicional.
¿Hay una buena noticia para los jubilados?
Sí. En un proceso separado, el Pleno de la SCJN decidió atraer un caso que podría obligar al IMSS a devolver los ahorros acumulados en las cuentas individuales de cesantía y vejez del régimen anterior a las AFORES.
Este análisis —iniciado el 13 de noviembre de 2025 bajo la Facultad de Atracción 677/2025— aún no tiene resolución final, pero si el fallo resulta favorable, el IMSS tendría que reintegrar estos recursos a los jubilados beneficiarios.
En resumen
| Decisión de la SCJN | ¿A quién afecta/beneficia? |
|---|---|
| Prohibición de doble pensión | A trabajadores del IMSS jubilados bajo el RJP |
| Posible devolución de ahorros | A jubilados con recursos en cuentas individuales del sistema previo a las AFORES (aún por resolverse) |
Recomendación:
Si perteneces a alguno de estos grupos, es importante seguir de cerca la resolución final de la Corte, que podría darse en los próximos meses.


