Un caso ocurrido en España ha generado amplio debate sobre los derechos laborales y los límites de las empresas al momento de despedir a un trabajador. En 2022, un hombre sufrió un infarto y fue ingresado de emergencia a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), permaneciendo varios días sin poder comunicarse. Dos días después de su hospitalización, fue despedido.
La empresa argumentó que la ausencia no fue justificada, por lo que emitió una carta de despido. Sin embargo, el trabajador, ya en mejores condiciones, presentó una demanda por despido injustificado.
La resolución judicial
El caso llegó al Juzgado de lo Social número 1 de Girona, donde se revisaron los hechos y se concluyó que la decisión de la empresa fue improcedente. La justicia determinó que el trabajador no pudo justificar su ausencia debido a su estado médico crítico, y que había sido despedido mientras estaba imposibilitado para comunicarse.
Se estableció que el despido violó la Ley 15/2022, que protege la igualdad de trato y la no discriminación en el empleo, incluyendo situaciones vinculadas con enfermedades. El tribunal consideró que existió una posible discriminación por motivo de salud, lo cual contraviene los principios laborales vigentes en España.
Compensación para el trabajador
La sentencia ordenó a la empresa indemnizar al afectado con más de 15 mil euros por daño moral, equivalentes a más de 318 mil pesos mexicanos, además del pago de todos los salarios que el empleado dejó de percibir desde el momento de su despido.
Este caso se ha convertido en un precedente relevante para la defensa de los derechos laborales y ha reabierto el debate sobre la responsabilidad de los empleadores ante emergencias médicas imprevistas.



