Screenshot
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) aclaró que el reparto de utilidades aplica a trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año fiscal previo, siempre que la empresa haya generado ganancias. Este beneficio se divide en dos partes: una repartida equitativamente por días trabajados y otra según el salario percibido. Si el monto supera 15 días de salario mínimo, se paga impuesto.
Las fechas límite para el pago son del 1 de abril al 30 de mayo para empresas y hasta el 29 de junio para personas físicas. Quedan excluidos gerentes generales, prestadores de servicios por honorarios y nuevas empresas en su primer año de operación.