¿Sabías que por ley el aguinaldo debe ser entregado en efectivo y no en especie? De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) el aguinaldo se refiere a una prestación económica anual que los patrones están obligados a otorgar a todas y todos sus trabajadores sin excepción. Según el artículo 87 de la LFT este incentivo debe darse antes del 20 de diciembre de cada año.
El aguinaldo aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón, y será equivalente a 15 días de salario cuando se tiene un mínimo de un año laborando. En el caso de las personas que llevan menos de un año de labores, también tendrán derecho a recibir el pago del aguinaldo y será equivalente al tiempo que hayan trabajado.
Aquellas personas que hayan renunciado, solicitado licencia por maternidad o paternidad, o que se encuentran de incapacidad por accidente de trabajo también podrán recibir el pago del aguinaldo. Y en caso de fallecer el trabajador, las y los beneficiarios podrán solicitar esta prestación anual en las instancias correspondientes.
Para saber cuál es el monto exacto que recibirás de aguinaldo puedes apoyarte de la siguiente CALCULADORA DE AGUINALDO, una herramienta de internet gratis y sencilla de usar.
¿Puedo recibir mi aguinaldo en especie y no en efectivo?
Según indica la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo es un derecho irrenunciable de las y los trabajadores, y el patrón está obligado a otorgar el pago de esta prestación anual SIN EXCEPCIÓN, y en ningún caso podrá argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.
En ese sentido, la LFT subraya que el pago del aguinaldo deberá ser única y exclusivamente en efectivo y con la moneda en curso legal, por lo tanto NO está permitido entregar el aguinaldo en especie, es decir, vales de despensa, mercancías, cupones o cualquier otro producto, documento o material con el que se pretenda sustituir la moneda.
Previo consentimiento de la o el trabajador, el pago del aguinaldo podrá efectuarse por medio de un depósito en cuenta bancaria, transferencias o cualquier otro medio, donde los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por las y los patrones.
¿Qué pasa si me dan mi aguinaldo en especie en lugar de efectivo?
En caso de no recibir el pago del aguinaldo, recibir un pago incompleto, recibirlo fuera de la fecha límite, o recibirlo en especie, los trabajadores deberán acercarse a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), la cual ofrece de manera gratuita los servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica con la finalidad de realizar las acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo. Podrán hacerlo conforme las siguientes vías de comunicación:
Vía telefónica a los números: 800 911 7877, 800 717 2942, y 55 59 98 2000, extensiones 44740 y 4474.
Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx