México.-La nueva Ley General de Población establece que ahora la Clave Única de Registro de Población (CURP) tenga fotografía con lo que se le clasificará como documento oficial de identificación, al igual que el INE.
¿Qué se sabe?
Este martes, las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República, aprobaron el proyecto de la nueva Ley General de Población que establece estos cambios.
Lo anterior fue avalado con 15 votos de Morena y sus aliados a favor y 12 de PAN, PRI, MC y PRD en contra.
A su vez, el dictamen será turnado a la Mesa Directiva para su discusión y votación en el pleno.
La CURP con fotografía es un sinsentido.
Si no hay sanción por no portarla entonces ¿para qué la saco? ¿Obligatoria? ¿qué pasa si no la tengo? ¿Quién se hará cargo de mis datos biométricos?
Ya mejor díganle carnet de la patria como en Venezuela y ya sabemos que quieren. pic.twitter.com/IdfW4Xl26U
— Yuseb Yong (@YusebYong) September 25, 2023
¿Cómo será el CURP?
Este proyecto prevé que al incorporar a una persona al Registro Nacional de Población se le asignará una Clave única de Registro de Población.
La CURP “contenderá la fotografía del rostro y se denominará CURP con foto, cuya constancia tendrá el carácter de documento oficial de identificación”.
¿Y los datos?
En cuanto a los datos de este documento tendrá: Nombre y apellidos, Clave Única de Registro de Población, fotografía del titular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, firma y huellas dactilares.
“La CURP con foto es un documento oficial de identificación que hace prueba plena sobre los datos de identidad que contiene en relación con su titular”, se establece en el artículo 75 de esta nueva ley.
Mientras, este documento se renovará cuando se deteriore o cuando los rasgos físicos de una personas cambie de tal suerte que no correspondan con los de la fotografía que porta.
En la discusión, el emecista Noé Castañón cuestionó con qué recursos se realizará este nuevo trámite, pues no hay una consulta de viabilidad presupuestaria con la Secretaría de Hacienda, ya que en el artículo quinto transitorio se menciona que no se autorizarán recursos extraordinarios para la aplicación de esta ley.